5 de octubre de 2018

El Agente Aduanal, Sistema Aduanero Mexicano


El Agente Aduanal





Ileana Margarita Peralta Rendón





Actividad 2
Unidad 1
Séptimo Semestre
Sistema Aduanero en el Comercio Internacional
Mercadotecnia Internacional





Universidad Abierta y a Distancia de México




Claudia Vanessa Ramírez Puente

















El Agente Aduanal


El Despacho Aduanero es la oficina pública encargada de llevar a cabo el proceso de fiscalización de la entrada y salida de mercancías y/o bienes que ingresan o salen  del territorio nacional. El trámite y documentación para la internación o exportación de la mercancía se hace en los recintos aduanales, ubicados a lo largo del País mayormente en los aeropuertos y puertos mercantiles.




Para llevar a cabo el trámite y la documentación será conveniente la contratación de un Agente Aduanal, quien cuenta con los conocimientos necesarios en cuanto a las leyes, aranceles, cuotas, impuestos y pagos que deberán de efectuarse para cubrir los requisitos de ley.

Según el artículo 159 de la Ley Aduanera, el agente aduanal es la persona física que, mediante una patente otorgada por el SAT, está facultada para llevar por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes establecidos en la misma ley. Es decir, se le da en exclusiva la actividad de despachar mercancías en la aduana.” (Unad 2017)

A partir del año 2014, se permite hacer el trámite de manera personal, sin embargo, deberá de tener un profundo conocimiento de la ley aduanera y de las fracciones y obligaciones arancelarias a las que esté sujeta la mercancía en cuestión, ya que incurrir en falsedad de declaración es un delito y se castiga con el peso de la Ley.




Para el Servicio de Administración Tributaria, la definición es la siguiente1:

AGENTE ADUANAL

"Persona física a quien la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera de quien contrate sus servicios.”


OBLIGACIONES DEL AGENTE ADUANAL

o    ​En los trámites o gestiones aduanales, actuar siempre con su carácter de agente aduanal.
o    En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se realice mediante documento electrónico o digital, anotar en el pedimento el acuse correspondiente.
o     Rendir el dictamen técnico cuando se lo solicite la autoridad competente.
o     Cumplir el encargo que se le hubiera conferido, por lo que no podrá transferirlo ni endosar documentos que estén a su favor o a su nombre, sin la autorización expresa y por escrito de quien lo otorgó.
o    Declarar, bajo protesta de decir verdad, el nombre y domicilio fiscal del destinatario o del remitente de las mercancías, la clave del Registro Federal de Contribuyentes de aquéllos y el propio, la naturaleza y características de las mercancías y los demás datos relativos a la operación de comercio exterior en que intervenga, en las formas oficiales y documentos en que se requieran o, en su caso, en el sistema mecanizado.
o    Formar un archivo electrónico de cada uno de los pedimentos con la información transmitida y presentada en mensaje o documento electrónico o digital como parte de sus anexos conforme a los artículos 6o., 36 y 36-A de la presente Ley y demás disposiciones aplicables.​ Adicionalmente, deberá conservar el original de la manifestación de valor a que se refiere el artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera, así como copia del documento presentado por el importador a la Administración General de Aduanas que compruebe el encargo que se le hubiere conferido para realizar el despacho aduanero de las mercancías y si éste fue otorgado de forma electrónica deberá conservar el acuse correspondiente. Con independencia de las demás obligaciones fiscales, el archivo electrónico deberá conservarse por los plazos establecidos en el Código Fiscal de la Federación. Los archivos electrónicos que se generen en términos de esta fracción, deberán ser proporcionados a los clientes que les correspondan, sin cargo adicional, quienes tendrán la obligación de conservarlos en términos de lo establecido por el tercer párrafo del artículo 6o. de esta Ley.
o    Presentar la garantía por cuenta de los importadores de la posible diferencia de contribuciones y sus accesorios, en los términos previstos en esta Ley, a que pudiera dar lugar por declarar en el pedimento un valor inferior al precio estimado que establezca la Secretaría para mercancías que sean objeto de subvaluación.
o    Aceptar las visitas que ordenen las autoridades aduaneras, para comprobar que cumple sus obligaciones o para investigaciones determinadas.
o    Solicitar la autorización de las autoridades aduaneras para poder suspender sus actividades, en los casos previstos en esta Ley. 
o    Manifestar en el pedimento o en el aviso consolidado, el número de candado oficial utilizado en los vehículos o medios de transporte que contengan las mercancías cuyo despacho promuevan. 
o    Presentar aviso al Servicio de Administración Tributaria, dentro de los quince días siguientes a aquél en que constituya una sociedad de las previstas en la fracción II del artículo 163 de esta Ley. 
o    Acreditar, en su caso, ante cada aduana en la que ejerza la patente al menos a un mandatario autorizado por la autoridad aduanera. 
o    Someterse a los exámenes a los que podrá convocar anualmente de manera general el Servicio de Administración Tributaria. Este deberá publicar las reglas de carácter general en las que se establecerán los lineamientos para la aplicación de los exámenes que realizarán instituciones académicas o especializadas en evaluación y que estén debida y previamente acreditadas ante el Servicio de Administración Tributaria. Todos los costos que se generen con motivo de la aplicación de los exámenes correrán a cargo de los agentes aduanales.
(Fundamento Legal: Artículo 162 de la Ley Aduanera​​).


En México, la CAAAREM, es la organización que alberga a los Agentes Aduanales, profesionales encargados de llevar a cabo los procesos de importación y exportación, así como de salvaguardar y hacer cumplir la ley aduanera.


CAAAREM (Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana)3

Está representada por el 99%  de los Agentes Aduanales en puntos fronterizos, marítimos, aéreos e interiores de la República Mexicana, a través de las 37 Asociaciones de Agentes Aduanales.
Además de trabajar en conjunto con el gobierno en la modernización y capacitación de los Agentes Aduanales, es también Invitado Especial del CCE, de organismos internacionales como ASAPRA (Asociación de Profesionales de Aduanas de América) y de la IFCBA (Federación Internacional de Agentes Aduanales),así como participante de las reuniones de APEC, OCDE, ICC, OMC y OMA.







Fuentes de Consulta:
1SHCP, SAT, Agente Aduanal, recuperado el 12 de octubre de 2017, http://www.sat.gob.mx/aduanas/servicios/Paginas/agente_aduanal.aspx

2N/D, Tiene responsabilidades solidarias con los importadores y exportadores, Prezi, recuperado el 11 de octubre de 2017

https://prezi.com/4f7p2-pjfj1c/tiene-responsabilidades-solidarias-con-los-importadores-y-ex/?utm_campaign=share&utm_medium=copy&webgl=0
3http://caaarem.mx/nosotros/

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